Gobierno Municipal Juchitepec

"Por la esperanza y el progreso, vamos todos"

Acta de matrimonio

El matrimonio es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual un hombre y una mujer voluntariamente deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia.

Código Civil del Estado de México
Artículo 3.26 al 3.28 y del 4.1 al 4.87
Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 142
Reglamento del Registro Civil del Estado de México
Artículos 79 AL 81

Documento Original Copia Fundamento Legal
Solicitud de matrimonio No Reglamento del Registro Civil, Artículo 79.
Presencia de los solicitantes No No Reglamento del Registro Civil Artículo 79.
Acreditar que los contrayentes hayan cumplido 18 años, salvo lo dispuesto por la legislación civil. No Reglamento del Registro Civil Artículo 79.
Manifestar que no tienen impedimento alguno y que es su voluntad unirse en matrimonio. Copia certificada del acta de nacimiento de los solicitantes (con una certificación no mayor a 6 meses) No Reglamento del Registro Civil Artículo 79.
Convenio que exprese el régimen bajo el cual se desea contraer matrimonio: sociedad conyugal o separación de bienes No Reglamento del Registro Civil Artículo 79.
Certificado suscrito por médico titulado o por una institución oficial que haga constar que los solicitantes no padecen enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias No Reglamento del Registro Civil Artículo 79.
El certificado médico tendrá una vigencia de quince días naturales contados a partir de la fecha de su expedición No Reglamento del Registro Civil, Artículo 79.
Clave Única de Registro de Población de los solicitantes No Reglamento del Registro Civil, Artículo 79.

$420.00

Acta de matrimonio
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