Expedición de copia certificada
Es la impresión fehaciente por cualquier medio mecánico o electrónico, en formato autorizado por la Dirección General, de los actos y hechos del estado civil inscrito en el Registro Civil.
Código Civil del Estado de México
Artículo 3.1 y 3.7.
Código Financiero del Estado de México y sus Municipios.
Artículo 3.1 y 3.7.
Código Financiero del Estado de México y sus Municipios.
Documento | Original | Copia | Fundamento Legal |
---|---|---|---|
Clave Única de Registro de Población y/o Copia u original del acta de desee solicitar | Sí | Sí | Reglamento del Registro Civil, Artículo 40. |
A falta de cualquiera de los anteriores proporcionar los datos necesarios que permitan la localización del acta solicitada. (nombre del registrado y fecha de nacimiento). | No | No | Reglamento del Registro Civil, Artículo 40. |
Constancia de registro | Sí | Sí | Reglamento del Registro Civil, Artículo 40. |
$103 del municipio, $130 otro municipio $145 otra