Transcripción de los hechos y actos celebrados por mexicanos en el extranjero ante autoridad extranjera.
Son los hechos y actos del estado civil celebrados por mexicanos en el extranjero, para dar validez en el país.
Código Civil del Estado de México
Artículo 3.1.
Código Financiero del Estado de México y Municipio
Artículo 142.
Reglamento del Registro Civil del Estado de México
Articulo 105 al 110.
Artículo 3.1.
Código Financiero del Estado de México y Municipio
Artículo 142.
Reglamento del Registro Civil del Estado de México
Articulo 105 al 110.
Documento | Original | Copia | Fundamento Legal |
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Solicitud de registro | Sí | No | Reglamento del Registro Civil, Artículo 108. |
Copia certificada del acta o constancia expedida en el extranjero, debidamente apostillada o legalizada, para su cotejo correspondiente | Sí | No | Reglamento del Registro Civil, Artículo 108. |
Traducción por perito oficial, si las constancias estuvieren redactadas en idioma diferente al español, en caso que no exista perito oficial en el idioma que se requiere, se podrá solicitar en una institución oficial reconocida ante la Secretaría | Sí | No | Reglamento del Registro Civil, Artículo 108. |
Acta de nacimiento, certificado de nacionalidad mexicana, carta de naturalización, pasaporte o matrícula consular, en original para su cotejo, que acrediten la nacionalidad mexicana del o los interesados mencionados en el acta | Sí | No | Reglamento del Registro Civil, Artículo 108. |
Identificación oficial vigente de quien comparezca, permiso de traslado internacional, tratándose de acta de defunción. | Sí | No | Reglamento del Registro Civil , Artículo 108. |
$747 Transcripción